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Por el A.I. Leandro Plotinsky
Miembro del Comité de
Titulos
y
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FIDE |
La mayoría de las preguntas que
llegan a esta columna surgen de situaciones que se plantean
especialmente en partidas de ritmos rápidos, sin anotar, y sin la
presencia del árbitro. En estas ya difíciles circunstancias ocurren
casos, a veces conocidos como de "palabra de uno contra la de otro",
donde el mismo hecho se presenta de distinta forma.
Lo mejor en estos casos es que
los jugadores acuerden qué es lo que sucedió y luego llamen al
árbitro para presentar la duda reglamentaria.
Pero a menudo esto no es posible.
Cuando eso sucede recomiendo a los jugadores, antes de convocar al
árbitro, tener muy en cuenta lo que establece la Introducción a las
Leyes del Ajedrez.
Fundamento mi recomendación en
que el árbitro seguramente tomará la decisión considerando lo que
ahí se establece.
Las Leyes del Ajedrez no pueden
legislar todas las situaciones que pueden surgir durante una
partida, como tampoco pueden legislar todos los aspectos
administrativos.
En los casos no reglamentados
en forma precisa por un artículo de Las Leyes, debería ser posible
llegar a un juicio correcto estableciendo analogías con situaciones
tratadas en ellas.
Las Leyes presuponen que el
árbitro posee la necesaria competencia, el buen criterio y la
absoluta objetividad que las situaciones requieren.
Un instrumento legal
excesivamente detallado privaría al árbitro de libertad de criterio
impidiéndole con ello hallar la solución dictada por la equidad, la
lógica y los factores circunstanciales.
La FIDE
solicita a todos los jugadores de ajedrez que acepten este criterio.
Un caso típico es el del jugador
que reclama que su rival tocó una pieza (Artículo 4) y jugó otra. El
"acusado" reconoce el hecho pero afirma que previamente había dicho
"compongo" o "acomodo" (artículo 4.2)
En estos casos el árbitro debe,
en principio, tener en cuenta 3 situaciones:
1. Tratar de establecer la
intención del jugador que tocó la pieza.
2. Si habitualmente alguno de los
dos jugadores está involucrado en este tipo de situación.
3. Si a juicio del árbitro
existen testigos imparciales.
Para el primer rubro suelo hacer
preguntas a ambos. Para el segundo recurro a la "base de datos" que
cada árbitro tiene. Y si no hubiera testigo imparcial presente
dictamino, otorgando el beneficio de la
duda, que la partida debe seguir.
Si es posible permanezco hasta el
fin de la misma y, siempre, registro al hoy beneficiado en mi
"base de datos".
Aprovecho este tema para
presentar la amable nota que recibí de Edgardo Bastos, de Lima,
Perú, donde comentaba " ... ante la gran cantidad de disputas que
surgen de jugadas imposibles hechas en apuros de tiempo y la
permanente sospecha de que algunas de ellas se hacen
deliberadamente ¿ no sería más simple que la imposible pierda la
partida en todos los casos y ritmos? ... "
Respuesta : Estoy de acuerdo con
Ud. en que su propuesta facilitaría nuestra tarea. Pero no creo que
sea buena.
La cantidad de jugadas imposibles hechas con
mala intención es muy pequeña y parecería ser un poco
mas frecuente en los ritmos Blitz o Ping Pong. Y en estos ritmos la
pena al infractor, si el rival lo advierte, es la pérdida de la
partida.
Sostengo que no se debe legislar para los casos
especiales. La mayoría de los reclamos no son de mala fe, ni los
ajedrecistas mienten. Simplemente las alternativas de nuestro
deporte y la competencia producen los reclamos.
Y los árbitros pueden solucionarlos. Tenemos Las Leyes y su
Introducción para ello.
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